martes, 12 de abril de 2011

Gana amparo matrimonio gay ante el ISSSTE


Por Lol Kin Castañeda
Sociedad Unida

Hola a todas y todos

A casi 8 meses de haber iniciado la solicitud de un amparo ante el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa del DF en contra de la ley del ISSSTE, bajo la cual se le negó a Javier Gutierrez Marmolejo, la inscripción de Carlos Ramos Benigno como su cónyuge, para acceder al derecho laboral de seguridad social, el pasado 6 de abril de 2011 fue otorgado el amparo 590/2011-III

La resolución señala que el artículo 41 de la ley del ISSSTE es inconstitucional al establecer el matrimonio y beneficios al hombre en unión con una mujer, toda vez que en materia laboral no existen derechos diferenciados para trabajadoras(es) heterosexuales y para trabajadoras(es) no heterosexuales, como se aplica en la práctica. A pesar de que la seguridad social de las y los trabajadores quienes cotizan ante el IMSS y el ISSSTE, se desprende de un derecho laboral, por el cual ya se pagó una cuota y se cumplieron las obligaciones laborales conferidas, el ejercicio de dicho derecho, sigue estando sujeto a interpretaciones discriminatorias en su aplicación.

De acuerdo con la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la acción de inconstitucionalidad 2/2010; la Corte habló de igualdad, de no discriminación, del respeto a los derechos humanos sin distingos y de la impotancia de reconocer con derechos a todos los modelos de familias. Dejo además claro que el matrimonio entre 2 personas, tal como lo modificó sólidamente la Asamblea Legislativa del DF, impulsado por el diputado David Razú Aznar, el pasado 21 de diciembre de 2009, es totalmente constitucional y con validez jurídica en toda la República Mexicana, incluidos obviamente todos los derechos y obligaciones que ya se tenían en esa figura jurídica. Esto tendría que garantizar que tanto el IMSS como el ISSSTE, hicieran una interpretación conforme a los matrimonio y concubinatos que pretendan ejercer este derecho.

Sin embargo, la interpretación en las referidas instituciones de seguridad social continuan interpretando y aplicando la ley discriminatoriamente, ignorando el principio Constitucional de no discriminación, la resolución de la máxima instancia de impartición de justicia en nuestro país, la SCJN y por supuesto, vulnerando los derechos laborales de las personas no heterosexuales.

A más de un año de entradas en vigor las reformas que reconocen el matrimonio y concubinato también para parejas del mismo sexo, con cerca de 800 matrimonio civiles celebrados, con matrimonios entre personas del mismo sexo radicando en todos los Estados de la República Mexicana, solo hay un matrimonio que ha sido reconocido ante el IMSS mediante un fallo judicial, lo cual ha dejado claro que no hay limitante alguna en la ley para ejercer el derecho a registrar al conyuge.

Celebramos la resolución judicial en favor de Javier Gutiérrez Marmolejo y Carlos Ramos Benigno quienes han dado un ejemplo en el ejercicio de ciudadanía y en el activismo comprometido en la defensa de los derechos humanos, la equidad de género y la no discriminación. Estos esfuerzos son los que trasforman las realidades sociales y los que sin duda, seguirán abriendo nuevas veredas por la que habremos de transitar como movimiento social ahcia el ejercicio de derechos plenos en toda la República Mexicana.

Hacemos nuevamente un exhorto al Senado de la República a aprobar las reformas a la Ley de Seguridad Social, el ejercicio de derechos no puede estar sujeto a los tiempos electorales de quienes pretenden hacer de nuestras necesidades, un botín político.

Agradecemos la asesoría legal del Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE), particularmente de la Clínica de Interés Público, al Dr. Javier Angulo y al Dr. Alejandro Madrazo.

Si quieres registrar a tu cónyuge ante el IMSS o el ISSTE, descarga el formato que encontrarás en la liga siguiente


Infórmate para ejercer nuestros derechos.



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