viernes, 17 de abril de 2009

Éxito parcial para las mujeres mexicanas

Por medio de la Red Interactiva de difusión del Observatorio Ciudadano de los Derechos de las Mujeres, hago llegar la siguiente información.

Se publicó hoy la NOM-046 para víctimas de violencia sexual

Por Sandra Torres Pastrana
http://www.cimacnoticias.com/site/09041610-Se-publico-hoy-la-N.37382.0.html

México DF, 16 abril 09 (CIMAC).- Con retraso de cientos de días y con modificaciones que causaron polémica entre las organizaciones civiles que trabajan a favor de los derechos sexuales y reproductivos, hoy fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención.

Dicha Norma fue creada para garantizar la adecuada atención a víctimas de violencia sexual, con opciones de anticoncepción de emergencia, interrupción legal del embarazo (ILE), asesoría jurídica y atención psicológica.

La NOM 046 para atender a víctimas de violencia sexual fue compromiso adquirido por el Estado mexicano, a través de un acuerdo de solución amistosa ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), luego del caso Paulina, niña de 13 años que fue violada en 1999 y como consecuencia embarazada, a quien las autoridades panistas de Baja California negaron la interrupción legal del embarazo (ILE), como estaba previsto en el Código Penal de la entidad.

La publicación de la NOM-046 es, de acuerdo con Rafaella Schavon, directora de Organización Internacional Protegiendo la salud de las mujeres, promoviendo el respeto a sus derechos reproductivos (IPAS México), “un éxito parcial para las mujeres mexicanas y para las organizaciones de la sociedad civil que venían exigiendo su publicación, aunque han tenido diferentes posturas frente al tema”.

La publicación, dijo la Directora de IPAS a Cimacnoticias vía telefónica, permite la rendición de cuentas, ahora hay que hacerla operativa y darle seguimiento, llevar un monitoreo que observe los casos particulares de las mujeres que acudan a los servicios médicos para que, con base en la Norma, se les dé asesoría adecuada, la atención que requieran, la Anticoncepción de Emergencia, si es necesaria, entre otros.

LARGA HISTORIA

Esta Norma actualiza la Norma Oficial Mexicana 190-SSA1-1999, relativa a la atención médica de la violencia familiar y ampliar su objetivo y ámbito de aplicación al abordar la violencia sexual, fuera del ámbito familiar, tarea que había tenido pendiente la SS desde marzo de 2006, luego del acuerdo ante la CIDH.

Después que la NOM-046 fue elaborada por la SS, con apoyo de expertas y expertos y con la consulta de las OSC, y aprobada por unanimidad el 21 de julio de 2008, hubo un retraso de 192 días que lejos de ser publicada, la SS convocó a una reunión irregular, para hacer cambios sustanciales al documento.

En dicha reunión, realizada el 28 de enero pasado, como reportó oportunamente esta agencia, se aprobó una versión que privilegiaba la objeción de conciencia del personal médico para proporcionar servicios de acuerdo con la Norma, condicionaba la ILE a las menores de edad y no hacía obligatoria la atención a las víctimas y magnificaba asimismo los efectos colaterales de la anticoncepción de emergencia.

Por lo anterior, las OSC denunciaron públicamente y las legisladoras integrantes de la Comisión de Equidad y Género de la Cámara de Diputados llamaron al secretario de Salud, José Ángel Córdova Villalobos, a comparecer ante el legislativo, lo cual nunca se llevó acabo.

Ante la presión de las OSC y legisladoras, la SS realizó una tercera versión, el 27 de febrero la cual eliminaba algunos puntos, como la objeción de conciencia, pero aun así conservaba algunos otros, como la necesaria aprobación de los tutores para que los adolescentes puedan tener acceso a la ILE.

Aunque las OSC cuestionaron también esta versión, el proceso avanzó y el 3 de marzo pasado se publicaron las respuestas a los comentarios recibidos a este documento, la cual constó de un total de 320 comentarios, de 57 OSC de distintas partes de la República, legisladoras y legisladores federales, así como varios grupos religiosos en contra de su publicación.

Pasaron así, según marca la Ley Federal de Metrología y Normalización, los 15 permitidos antes de su necesaria publicación, lo cual no sucedió. Las OSC denunciaron nuevamente el retraso e iniciaron otra vez un conteo público de los días de dilación. Además, declararon conocer que había grupos conservadores los cuales estaban presionando para que la Norma no se publicara.

Después de una larga espera por parte de las OSC, hoy la NOM-046 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Sin embargo, advierte la doctora Shiavon, no hay que dejar de advertir que ya en siete estados del país -- Baja California, Colima, Durango, Jalisco, Morelos, Puebla, Sonora-, se han aprobando cambios a las constituciones locales para dar personalidad jurídica al producto de la concepción, donde señalan que “defienden” la vida desde el momento de la concepción o de la fertilización, con lo cual intentaría excluir la anticoncepción de emergencia para víctimas de violencia sexual.


PARA CONSULTAR LA NORMA TAL Y COMO SE PUBLICÓ EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN INGRESAR AL LINK:

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5087256&fecha=16/04/2009

SE REITERA EL PRONUNCIAMIENTO
POR NUESTRO DERECHO A DECIDIR
NI UN PASO ATRÁS EN LA LUCHA
POR LOS DERECHOS DE LAS MUJERES

Diversos Congresos estatales han promovido reformas constitucionales mediante los cuales se pretende dar marcha atrás a los avances en materia de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.

Hasta ahora, los estados que han realizado modificaciones constitucionales en este sentido son: Sonora, Baja California, Morelos, Jalisco, Colima y Puebla quienes a partir del año 2008, con apoyo de legisladores principalmente pertenecientes a las fracciones del PRI y del PAN, han realizado estos cambios.

Resulta preocupante que, aunado a lo anterior, se han emprendido una serie de proyectos de iniciativas en el mismo sentido en otros tantos estados, a saber: Aguascalientes, Estado de México, Guanajuato, Querétaro, Oaxaca y Veracruz.

La sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, a favor de la despenalización del aborto en la Ciudad de México fue un hecho histórico en la historia constitucional de nuestro país dado que reconoce los derechos fundamentales de las mujeres, lo cual abre la posibilidad de que se realicen reformas a las leyes en las entidades para garantizar el acceso al aborto legal y seguro. Este fallo fue sumamente importante porque, pese a las fuerzas conservadoras y contrarias a derechos, la SCJN resolvió siguiendo los fundamentos constitucionales del Estado mexicano, laico y democrático.

Así, atendiendo a los derechos sexuales y reproductivos, el derecho a la salud, seguridad y, por ende, el derecho de elección de las mujeres: Exigimos a las y los miembros de los distintos Congresos Estatales que pretenden legislar sobre el tema de la definición constitucional del derecho a la vida, así como de salud sexual y reproductiva, garanticen en todo momento los derechos humanos de las mujeres y las recomendaciones e instrumentos internacionales de derechos humanos.

Asimismo, considerando que desde el 2006 el Congreso de la Unión le dio facultades a los Organismos Públicos de Derechos Humanos de los estados y a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para que pudieran interponer acciones de inconstitucionalidad en contra de leyes que afecten los derechos humanos: Instamos a los Ombudsman estatales de Sonora, Jalisco, Colima y Puebla presenten acciones de inconstitucionalidad para defender y salvaguardar los derechos humanos de las mujeres.

En este sentido, reconocemos la labor que ha emprendido el ombudsman del Estado de Baja California al interponer la acción de inconstitucionalidad 11/2009 ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por la reforma constitucional de su estado que confiere derechos al embrión.

ATENTAMENTE:

Academia Mexicana de Derechos Humanos, A.C.
Cátedra UNESCO de Derechos Humanos de la UNAM
Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, A.C.
Federación Mexicana de Universitarias
Fundar, Centro de Análisis e Investigación
Propuesta Cívica A.C
Red Democracia y Sexualidad Puebla
Salud Integral para la Mujer, A.C.

No hay comentarios.:

  “Mujeres Mayores de 30” Cafetería: “Somos Voces” Niza 23 5 de noviembre Cooperación: $50.00 11:00 a 14:00 Hrs.   Licenciada ...